sábado, 17 de mayo de 2008

Ética y moral


1.1. ¿Qué es la Ética?
Definición etimológica y nominal de ética.
Etimología
Ética del griego ethika, de ethos, ‘comportamiento’, ‘costumbre’.
Nominal
Ética ciencia de las leyes más generales del desarrollo del comportamiento social.
Como todo conocimiento teórico surge de la práctica, luego se convierte en teoría y finalmente se aplica a esta nueva realidad en un plano superior y distinto, se puede distinguir una práctica moral, una teoría moral, una reflexión epistemológica de la ética realizada por la metaética y una reflexión dialéctica de la moral, es decir la ética científica propiamente dicha.

1.2. ¿Qué es Moral?
Definición etimológica y nominal de moral.
Etimología
Moral del latín mores, ‘costumbre’.
Nominal
Moral son las normas que regulan las acciones o caracteres de las personas, desde el punto de vista de la bondad o la maldad.

1.3. Características formales de la Moral.
En general las características de la moral son:
ü La Moral es el hecho real que encontramos en todas las sociedades, es un conjunto de normas a saber que se transmiten de generación en generación, evolucionan a lo largo del tiempo y poseen fuertes diferencias con respecto a las normas de otra sociedad y de otra época histórica, estas normas se utilizan para orientar la conducta de los integrantes de esa sociedad.
ü Se refiere a la realización de la misma humanidad. Es bueno el comportamiento que lleve al hombre a ser verdaderamente hombre, con independencia de lo que eventualmente determinen las leyes o las religiones, los pactos consensuados o las intuiciones del sentimiento.
ü No se identifica con el comportamiento asumido sobre el fundamento de un sentimiento o de una institución. La pedagogía de la moralidad tiene en cuenta la resonancia subjetiva de los valores morales.
ü Se utiliza para la consideración religiosa del comportamiento humano.
ü
1.4. Elementos esenciales de la moral
En la moral son perfectamente delimitables dos aspectos o planos: lo fáctico y lo normativo.
En el primer aspecto, se tiene al individuo que actúa en sociedad y su comportamiento se ajusta de modo más o menos aproximado a lo ordenado por la norma. Es el nivel fáctico o de los hechos morales.
En el segundo aspecto se tiene el conjunto de normas y comportamientos ideales y perfectos, a los cuales se espera que el individuo se ajuste. Es el nivel normativo o de las normas de comportamiento.

1.5. Tipos de normas
Todas las normas regulan conductas. Nos dicen lo que es posible o necesario hacer, o no hacer, en determinadas circunstancias. Estas reglas son necesarias para lograr una convivencia social armónica.
Hay distintos tipos de normas según la fuente de donde surjan (quien las creó) y las consecuencias que acarrean.
Los usos o costumbres, también llamadas normas sociales, han surgido espontáneamente de la práctica repetida en el tiempo de ciertas conductas, basadas en el respeto mutuo, que han creado conciencia de obligatoriedad. Por ejemplo: saludar, comer con cubiertos, asearse, no interrumpir conversaciones, etc. Varían a través del tiempo y en culturas diferentes. Son heterónomas, o sea establecidas desde fuera del individuo que debe cumplirlas (por la sociedad a la que pertenece). En caso de incumplimiento recibirá como consecuencia, el repudio o la burla social. Es probable que si no saludan nunca a tus vecinos, ellos no hablarán bien de ti.
Las normas morales, son impuestas por la conciencia de cada uno, basadas seguramente en la moral colectiva, que coincide en una serie de valores éticos, considerados como positivos para la convivencia y respeto de la dignidad humana. Para ser respetadas deben estar de acuerdo con la conciencia individual de quien debe cumplirlas, que recibe esta imposición desde su propia conciencia. En caso de no cumplirlas la sanción es el remordimiento. Por ejemplo, ayudar a un ciego a cruzar la calle, dar alimento a un necesitado, decir la verdad, etcétera.
Las normas religiosas, son prescriptas por la comunidad religiosa a la que cada persona pertenece, y la sanción en caso de incumplimiento, es divina. Por ejemplo, si no rezas irás al infierno.
Las normas jurídicas son aquellas que conforman el ordenamiento legal de un estado, dictadas por órganos específicos del mismo, y aplicadas también por instituciones, integradas generalmente por jueces. En el caso de estas normas, que deben necesariamente estar escritas, si el individuo no las cumple, tienen prevista una sanción o castigo. El conjunto de estas normas conforman el Derecho. Por ejemplo, si robas te corresponden determinados años de prisión, o si no respetas las normas de tránsito, serás castigado con una multa. La más importante de las normas jurídicas de un estado democrático es la Constitución. Si el resto de las leyes no la respetan, pueden ser declaradas inconstitucionales.
Las normas mencionadas no se excluyen, sino más bien en muchos casos, coinciden. Las normas morales dicen que matar o robar es incorrecto, las religiosas, por ejemplo, los diez mandamientos, sancionan religiosamente esas conductas, y el Derecho les impone una sanción de cumplimiento efectivo.
La base del Derecho según los iusnaturalistas, son las normas morales. Una norma jurídica inmoral, debería ser rechazada. Tal como dijo el filósofo griego Aristóteles “El hombre podrá superar las leyes escritas pero no las morales”. Coincidentemente opinó San Agustín: “La ley injusta debe ser nula” y el romano Cicerón afirmó que “el voto del Senado no puede eliminar las normas éticas”.
En torno a la vinculación de las normas jurídicas con las morales, surge la distinción entre Derecho Natural y Derecho Positivo.

1.5. Diferencia entre ética y moral
La ética es la teoría y la moral es la práctica.
La ética es una actividad reflexiva, la moral es un acto pensado libremente.
La ética problematiza radicalmente sobre las normas morales, la moral cumple con las normas morales aceptadas socialmente.
Podemos decir que la ética será una teoría objetiva de la moral, mientras que ésta será un sistema subjetivo de normas.
Se dice que la moral es subjetiva, por cuanto su validez depende de la aceptación que un sujeto haga de ella. Su validez será un problema de creencia.

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